La serie de artículos “Asaltados en su buena fe” es un ejercicio de análisis sobre las implicaciones sociales de las creencias religiosas en el pueblo colombiano. En esta oportunidad examina la situación actual de los derechos de los homosexuales en Colombia y los argumentos utilizados por varios grupos religiosos para oponerse a la legislación que está gestándose por estos días en El Congreso de La República.
Colombia sigue dando pasos por el camino correcto para mejorar las condiciones de sus ciudadanos, independiente de su raza, credo, orientación sexual o afiliación política. Está reconociendo sus errores a la luz de las nuevas realidades de nuestra sociedad y continúa dejando en el pasado elementos de nuestras costumbres que simplemente ya no se ajustan a los requerimientos de la democracia.
El 7 de febrero de 2007, la Corte Constitucional falló a favor de la ONG Colombia Diversa (1) en su demanda de inconstitucionalidad de los artículos 1 y 2 de la ley 54 de 1990 que reglamenta la unión marital de hecho. La sentencia C-075/07 retira del articulado de la ley las palabras “hombre” y “mujer”, reconociendo los derechos patrimoniales tanto a las parejas heterosexuales como a las parejas conformadas por personas del mismo sexo. Ambos tipos de parejas deben haber convivido por lo menos dos años para hacer efectivo este derecho (2).
Tal y como lo menciona el magistrado Jaime Araújo Rentería al hacer salvamento de su voto, si bien es un avance, este fallo solo retarda el reconocimiento pleno de la dignidad humana y la igualdad de derechos de los homosexuales (3).
Para lograr dicho reconocimiento es necesario realizar reformas legislativas de fondo que pueden tomar años en concretarse, máxime cuando los encargados de hacerlas están siendo presionados constantemente por sus líderes religiosos o espirituales para evitarlo.
Aquí se presentan las afirmaciones más atrevidas e inmorales para justificar lo injustificable: la privación de derechos fundamentales de las minorías basada en las preferencias personales de las mayorías. Esto equivaldría a que los dirigentes del fútbol colombiano impidieran que otras disciplinas recibieran recursos solo porque la mayoría de la población le gusta solamente este deporte.
En un debate racional sobre los derechos de las personas LGBT (Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transgeneristas) se utilizan en su contra argumentos de índole religioso, natural y moral principalmente. En este artículo se analizarán con detalle los más representativos.
Argumentos religiosos
Es importante tener presente que no existe una posición unificada de los diferentes credos cristianos, ya que mientras unos se declaran fundamentales radicales y fomentan el odio y la violencia contra los homosexuales, otros les permiten una participación activa en sus ritos. El colombiano promedio se encuentra cerca del centro del espectro con tendencias hacia el extremo fundamentalista.
Casi siempre se apela a la Biblia, aunque muchos teólogos afirmen que ésta no tiene nada que decir al respecto, ya que lo que hoy conocemos como homosexualidad no era reconocido como fenómeno social en la época en que fue escrita. Algunos pasajes que demuestran la intolerancia son:
“Y no debes acostarte con varón igual a como te acuestas con mujer. Es cosa detestable.” Levítico 18,22. “Y cuando un hombre se acuesta con un varón igual a como uno se acuesta con una mujer, ambos han hecho una cosa detestable. Deben ser muertos sin falta. Su propia sangre está sobre ellos.” Levítico 20,13. “Por eso Dios los entregó a apetitos sexuales vergonzosos, porque sus hembras cambiaron el uso natural de si mismas a uno que es contrario a la naturaleza, así mismo hasta los varones dejaron el uso natural de la hembra y se encendieron violentamente en su lascivia unos para con otros, varones con varones, obrando lo que es obsceno y recibiendo en si mismos la recompensa completa que se les debía por su error.” Romanos 1,26-27. “¿No saben que los injustos no heredarán el reino de Dios? No se extravíen. Ni fornicadores ni idólatras, ni adúlteros, ni hombres que se tienen para propósitos contranaturales, ni hombres que se acuestan con hombres, ni ladrones, ni personas dominadas por la avidez, ni borrachos, ni injuriadores, ni los que practican la extorsión heredarán el reino de Dios.” 1 Corintios 6,9-10. |
Muchos creyentes quedan desconcertados al ver que su texto guía pone la homosexualidad como un pecado abominable, peor que la extorsión y el robo, y demanda el asesinato de quienes se encuentran involucrados en tales actos.
En busca de mejor orientación, acuden a textos “más modernos” donde posiblemente pueda encontrarse un argumento más civilizado. Es aquí donde algunos pastores “más liberales” juegan la carta del Catecismo de la Iglesia Católica como elemento de tolerancia y aceptación. Específicamente citan los numerales 2357 y 2358 de la edición de 1992, aprobada por Juan Pablo II:
2357 La homosexualidad designa las relaciones entre hombres o mujeres que experimentan una atracción sexual, exclusiva o predominante, hacia personas del mismo sexo. Reviste formas muy variadas a través de los siglos y las culturas. Su origen psíquico permanece en gran medida inexplicado. Apoyándose en la Sagrada Escritura que los presenta como depravaciones graves, la Tradición ha declarado siempre que ‘los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados’. Son contrarios a la ley natural. Cierran el acto sexual al don de la vida. No proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. No pueden recibir aprobación en ningún caso. 2358 Un número apreciable de hombres y mujeres presentan tendencias homosexuales instintivas. No eligen su condición homosexual; ésta constituye para la mayoría de ellos una auténtica prueba. Deben ser acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ellos, todo signo de discriminación injusta. Estas personas están llamadas a realizar la voluntad de Dios en su vida, y, si son cristianas, a unir al sacrificio de la cruz del Señor las dificultades que pueden encontrar a causa de su condición. (4) |
Aunque parte de algunas premisas falsas que se discutirán más adelante, este texto parece mostrar una Iglesia Católica que fomenta la compasión, tolerancia y aceptación de la condición humana de los homosexuales. Sin embargo, en un giro sorprendente, en el numeral siguiente plantea:
2359 Las personas homosexuales están llamadas a la castidad. Mediante virtudes de dominio de sí mismo que eduquen la libertad interior, y a veces mediante el apoyo de una amistad desinteresada, de la oración y la gracia sacramental, pueden y deben acercarse gradual y resueltamente a la perfección cristiana. |
Puesto en otras palabras, los homosexuales serán aceptados en la medida en que dejen las prácticas o acciones que los llevaron inicialmente a esa condición. Se toleran los homosexuales siempre y cuando dejen de ser homosexuales. Se evidencia aquí un doble pensar lamentable, en el cual se mantiene en la cabeza dos ideas contradictorias y se aceptan ambas. No se comprende cómo se puede considerar la represión sexual como un elemento que garantice el libre desarrollo de la personalidad.
En el caso de Colombia, La Conferencia Episcopal en boca de su presidente, Luis Augusto Castro, Arzobispo de Tunja, ha manifestado en varias ocasiones su oposición al respecto de los derechos plenos de los homosexuales. En la LXXXI Asamblea Plenaria llevada a cabo entre el 24 y 28 de julio de 2006, manifestó:
(...) La Iglesia no puede aprobar ninguna unión homosexual por contrastar con la ley moral natural y porque el matrimonio en realidad existe únicamente entre dos personas de sexo opuesto que tienden, mediante la recíproca donación personal, a la comunión de sus personas y a la generación y educación de nuevas vidas.(…) (5) |
En una situación más indolente, la Iglesia espera que los homosexuales le mientan, se mientan a si mismos y a terceros con el propósito de aparentar ser “normales”. Es entonces cuando los homosexuales se embarcan en matrimonios heterosexuales “normales” condenados al fracaso ya que su orientación sexual los conduce en otra dirección. El resultado es que la pareja, inconciente de la situación real, tiende a culparse de la situación y a crear traumas asociados a su idoneidad para relacionarse afectivamente.
¿Puede considerarse esto moralmente correcto? No.
Los argumentos de la naturaleza.
Como se ha podido evidenciar, la gran mayoría de las afirmaciones religiosas esgrimen el argumento que el homosexualismo es “contra natura”. Asumen que éste comportamiento es una perversión exclusiva de los humanos, obtenida como resultado de una atracción aprendida hacia miembros del mismo sexo. No se puede estar más equivocado.
Citando al biólogo evolucionista --J.B.S. Haldane, “El universo no solo es más raro de lo que suponemos, es más raro de lo que podemos llegar a suponer.”
Es posible encontrar en este momento estudios que demuestran que el comportamiento homosexual no sólo es común, sino que es más frecuente en otras especies distintas a la humana. Se han encontrado especies que presentan comportamientos homosexuales, heterosexuales y bisexuales. Algunos ejemplos representativos a continuación: (6)
Gaviota Plateada
Larus novaehollandiae (7)
Porcentaje Heterosexual: 79%
Porcentaje Bisexual: 11%
Porcentaje Homosexual: 10%
Macaco Japonés
Macaca fuscata (7)
Porcentaje Heterosexual: 35%
Porcentaje Bisexual: 56%
Porcentaje Homosexual: 9%
Chimpancé Bonobo
Pan paniscus (7)
Porcentaje Heterosexual: 0%
Porcentaje Bisexual: 100%
Porcentaje Homosexual: 0%
Cacatúa Rosa
Eolophus roseicapillus (7)
Porcentaje Heterosexual: 44%
Porcentaje Bisexual: 12%
Porcentaje Homosexual: 44%
En el primer escenario, se plantea que la homosexualidad aparece debido a la falta de parejas heterosexuales, sin embargo, algunos estudios han encontrado que el comportamiento homosexual ocurre en situaciones donde:
- Hay escasez de un sexo, pero el comportamiento se produce en el género con escasez y no en el de abundancia.
Imagen No. 7
León
Felis leo (7)
En el caso final, la observación directa de algunas especies contradice totalmente el argumento. Existen especies que aún con la total disponibilidad de parejas del sexo opuesto, territorios y condiciones adecuadas para las crías, algunos individuos todavía forman parejas homosexuales. La revista Seed en su edición de junio-julio de 2006 presenta un resumen sobre el trabajo de Joan Roughgarden, profesora de biología de la Universidad de Stanford, donde registra más de 450 especies que presentan comportamiento homosexual, aún entre aquellos considerados como avanzados cerebralmente como el delfín nariz de botella. (8) |
Los argumentos morales
Este es quizá el argumento más delicado y sin embargo el más manipulado por los grupos religiosos, intentando apelar a miedo y a la ignorancia de la sociedad sobre las consecuencias de otorgarles plenos derechos a los homosexuales.
Citando nuevamente al Arzobispo Luis Augusto Castro en su discurso ante la LXXXI Asamblea Plenaria de La Conferencia Episcopal Colombiana:
(…) La Iglesia tampoco acepta el reconocimiento jurídico de las parejas homosexuales, pues no existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia, célula primaria de la sociedad y agrupación humana originante pues da origen a otros seres humanos. (…) A las parejas matrimoniales, el derecho civil les confiere un reconocimiento institucional porque cumplen el papel de garantizar el orden de la procreación y son, por tanto, de eminente interés público. Las uniones homosexuales, por el contrario, no exigen una específica atención por parte del ordenamiento jurídico, porque no cumplen dicho papel para el bien común. (…) |
(…) Ninguna antropogenia ha explicado el poblamiento de la tierra mediante la formalización de la vida en común de pares, muy por el contrario todas las historias, leyendas y texto religiosos de todos los pueblos primitivos se ocupan de parejas, hombre y mujer, que dieron lugar por orden del Creador a poblar y dominar la tierra. (…) |
(…) Si ustedes apoyan el proyecto de ley No. 130 de 2005, un día sus hijos o sus nietos estarán rodeados y expuestos a todo tipo de manifestaciones públicas de homosexualismo en las calles y en los parques y quizá hasta podrán ser atropellados y violentados, sin que nadie pueda rechazar esta situación ni pronunciarse en contra de ella. ¿Cómo pues responderán ante Dios y sus familias por esta decisión? Estas parejas gay se convertirán en los profesores de sus hijos, nietos, o en sus mejores amigos, o quizá ellos mismos se conviertan a este tipo de vida. (…) |
Como se puede observar, estas justificaciones se basan en teorías cosmogónicas religiosas, las cuales no deben ser esgrimidas como argumentos al legislar en un país donde hay una separación entre iglesia y estado. Cuando se analiza con detalle este tipo de afirmaciones, se encuentra un conjunto lamentable de falacias argumentales cuyo único propósito es confundir a las personas apelando a sus miedos y preocupaciones.
En primer lugar, es deshonesto mostrar a los homosexuales como elementos peligrosos de la sociedad, cuando en Colombia se han evidenciado gran cantidad de casos muy notorios en los cuales la orientación sexual no es determinante de su acción delictiva. Siendo justos con las proporciones de población, podríamos argumentar en el mismo estilo de falacia, que los heterosexuales creyentes en un Dios son los responsables de la gran mayoría de los abusos infantiles y de violencia intrafamiliar. Por citar el más reciente, el caso en Barranquilla de la golpiza propinada por un prestante hombre de clase alta a su esposa, el caso de Lizzette Ochoa Amador. (9)
la afirmación de los citados pastores cristianos es conocida como falacia argumentativa de la pendiente resbaladiza, en la cual se plantea que si un determinado evento ocurriese, otros eventos dañinos ocurrirían inevitablemente después, por lo cual no hay que permitir ni siquiera el primero. Un cambio en la legislación para reconocer los derechos patrimoniales de los homosexuales no se relaciona en nada con el aumento de las transgresiones al orden público planteadas. El código penal sigue intacto y cualquier tipo de crimen tipificado allí seguirá siendo perseguido, independiente de la orientación sexual de la persona. Tampoco se está coartando la libertad de expresión; si se entera de un crimen, lo mínimo que se espera de usted como ciudadano es que lo denuncie. Como puede observarse, es un lamentable caso de manipulación y desinformación que busca desesperadamente apelar a los miedos más profundos.
En segundo lugar, es un argumento muy discriminatorio el decir que el único propósito del matrimonio es la procreación. La gran mayoría de las culturas modernas plantea que la naturaleza del matrimonio está orientada a proporcionar a sus miembros mutua alegría, consuelo, ayuda en la prosperidad y la adversidad, y por supuesto, procreación y crianza de los hijos. Calificar las uniones maritales que no buscan dar origen a otros seres humanos de no cumplir los designios de Dios, no es algo justo con aquellas parejas heterosexuales que por diversas circunstancias o motivos, no tienen hijos. Bajo este contexto, el Arzobispo Castro se equivoca al decir que el matrimonio entre homosexuales no “requiere específica atención por el ordenamiento jurídico”.
Finalmente, es difícil entender la creencia que el aceptar el matrimonio de homosexuales proporciona un riesgo grave para el matrimonio entre heterosexuales y por lo tanto se socava las bases de la sociedad. Si bien el matrimonio monógamo entre hombre y mujer es la opción que más se encuentra en las culturas occidentales, el evidente aumento en el número de divorcios que se presentan en los primeros años de relación debería causar más preocupación ya que este elemento es el que está modificando considerablemente las bases de la sociedad. En otras culturas se presenta una amplia aceptación de otras alternativas de matrimonio. En Senegal, el 47% de los matrimonios son polígamos. En algunos estados árabes tener múltiples esposas es un elemento que reconoce un estatus de bienestar y poder. Este tipo de argumentación desconoce la enorme diversidad en los tipos de familias que se dan en las culturas modernas y que comparten muchos de los objetivos de los matrimonios tradicionales pero que se adaptan a las necesidades propias de su entorno.
Es una bajeza menospreciar la calidad de vida que puede llegar a tener las personas por el simple hecho de tener un comportamiento sexual privado diferente a la mayoría. Este comportamiento no influye en nada en la capacidad creativa y productiva de la persona, ni la incapacita para realizar cualquier labor que le sea encomendada.
Los cambios esperados
La Carta colombiana establece en el artículo 13 la guía general de igualdad y no discriminación al decir:
“Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas a favor de grupos discriminados o marginados.(...)” (10) |
“La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.” |
(...) "La costumbre, siendo general y conforme con la moral cristiana, constituye derecho a falta de legislación positiva". (...) En primer lugar, la expresión "moral cristiana" designa la moral social, es decir, la moral que prevalecía y prevalece aún en la sociedad colombiana. (...) Se dijo "moral cristiana" refiriéndose a la religión de la mayoría de la población, como en Turquía habría debido decirse "la moral islámica". La ley se limitó a reconocer un hecho social. (...) Y obsérvese que la costumbre, además de ser conforme con la moral cristiana, debe ser general. Si es general y a la vez es conforme con la moral cristiana, es porque ésta es también la moral general. |
Pero quienes utilizan este texto como argumento para oponerse a la legislación a favor de los homosexuales, no tiene en cuenta este otro texto de la misma sentencia:
(…) Entendida la expresión "moral cristiana" como la moral social o moral general, es evidente que en casos excepcionales tendría validez como fuente del derecho una costumbre que no sea acorde con la moral general del país, pero que sea conforme con la moral de un grupo étnico y cultural en particular. Sería el caso, por ejemplo, de algunas tribus indígenas cuyas costumbres se basan en una moral diferente a la general de los colombianos. En virtud de los artículos 7o., 246, 247 y 330 de la Constitución, los individuos que componen tales grupos, podrían invocar sus costumbres, acordes con su propia moral social. No sobra, desde luego, advertir que la costumbre no puede ir contra la ley. |
Notas
[1]. Colombia Diversa es una Organización No Gubernamental que trabaja en favor de los derechos de lesbianas, gays, bisexuales y transgeneristas (personas LGBT) en Colombia.
http://www.proyectocolombiadiversa.org/
[2]. El madrugón de la Corte. Revista Cambio. Edición No. 711 del 11 de febrero de 2007.
[3]. República de Colombia. Corte Constitucional. Sentencia C-075 del 7 de febrero de 2007.
[4]. El vaticano. Catecismo de la iglesia católica. Tercera parte: la vida en Cristo. Segunda sección: los diez mandamientos. Capítulo segundo: «amarás a tu prójimo como a ti mismo». Artículo 6: el sexto mandamiento. II: la vocación a la castidad
http://www.vatican.va/archive/esl0022/__p86.htm
[5]. Conferencia Episcopal de Colombia. LXXXI Asamblea Plenaria (Bogotá, D.C., 24 al 28 de Julio de 2006). Alocución inaugural de Luis Augusto Castro Quiroga, Arzobispo de Tunja, Presidente De La Conferencia Episcopal.
[6]. Los ejemplos fueron tomados del ensayo escrito por Scott Bidstrup llamado The Natural "Crime Against Nature": A Brief Survey of Homosexual Behaviors In Animals.
http://www.bidstrup.com/sodomy.htm
Para mayor información se recomienda la lectura del libro de Bruce Bahemihl, Ph.D., llamado Biological Exhuberance: Animal Homosexuality and Natural Diversity, St. Martin's Press, 2000.
[7]. Referencias en Wikipedia.
- Gaviota Plateada. http://en.wikipedia.org/wiki/Silver_Gull
- Macaco Japonés. http://en.wikipedia.org/wiki/Japanese_Macaque
- Chimpancé Bonobo. http://en.wikipedia.org/wiki/Bonobo
- Cacatúa Rosa. http://en.wikipedia.org/wiki/Galah
- Pingüino Humboldt. http://en.wikipedia.org/wiki/Humboldt_Penguin
- Papion Amarillo. http://en.wikipedia.org/wiki/Yellow_Baboon
- Leon. http://en.wikipedia.org/wiki/Lion
- Ciervo cola blanca. http://en.wikipedia.org/wiki/White-tailed_Deer
- Delfín nariz de botella. http://en.wikipedia.org/wiki/Bottlenose_Dolphin
http://www.seedmagazine.com/news/2006/06/the_gay_animal_kingdom.php
[9]. Violencia familiar conmociona a Barranquilla. Lizzette Ochoa Amador fue víctima de su esposo, Rafael Dangond Lacouture. Los hechos ocurrieron al finalizar un matrimonio de la alta sociedad de Barranquilla al que fue invitada la pareja Dangond Ochoa.
http://www.wradio.com.co/nota.asp?id=316310
[10]. Constitución Política de la República de Colombia. 1991. Titulo II: De los derechos, las garantías y los deberes. Capitulo I: De los derechos fundamentales.